• El beneficio, contemplado en el Decreto 551 del 15 de abril de 2015, “nos va permitir surtir rápidamente a todo el personal médico por parte de los empleadores, por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y también por parte de la adquisición centralizada que hagamos en el marco la contingencia, pero también les va a permitir a muchas familias acceder a algunos de estos productos de una forma mucho más cómoda para sus bolsillos”, dijo el Presidente Duque.
El Presidente Iván Duque afirmó que el Decreto 551 del 15 de abril de 2020, a través del cual el Gobierno Nacional establece la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación y venta en el país de 211 bienes e insumos médicos, permitirá surtir con elementos de protección a los trabajadores de la salud y beneficiará el bolsillo de los colombianos.
“Este fin de semana, cuando adelantamos nuestro Facebook Live contestándoles preguntas a muchos de ustedes, hablamos también de la evolución del Decreto 551 que, básicamente, elimina el impuesto de IVA para muchos productos que son necesarios para enfrentar esta pandemia”, dijo el Mandatario durante el especial televisivo ‘Prevención y Acción’, que se emitió este miércoles por Señal Colombia, en conexión con canales privados, regionales y comunitarios.
Agregó que “este beneficio nos va a permitir surtir rápidamente a todo el personal médico por parte de los empleadores, por parte de las Administradoras de Riesgos Laborales (ARL) y también por parte de la adquisición centralizada que hagamos en el marco la contingencia, pero también les va a permitir a muchas familias acceder a algunos de estos productos de una forma mucho más cómoda para sus bolsillos”.
Algunos insumos cubiertos por el Decreto 551
De acuerdo con el texto del Decreto, este beneficio se aplicará durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia derivada del coronavirus.
Entre estos bienes e insumos se destacan elementos para la protección del cuerpo (tapabocas, mascarillas, guantes, batas y gorros, entre otros), cánulas, tubos, respiradores, ventiladores, nebulizadores, sondas, válvulas, catéteres, jeringas, electrodos, desfibriladores, monitores, sensores, tensiómetros, termómetros, ecocardiógrafos, ecógrafos, glucómetros, fibroscopios, espirómetros y equipos para transfusión sanguínea.
Así mismo, la lista incluye equipos de Rayos X, esterilizadores, mantas, camas hospitalarias, camillas, grúas, dispositivos médicos de movilización, sillas de ruedas, agujas hipodérmicas, aplicadores con punta de algodón, centrífugas, equipos de desinfección, procesadores de muestras de biología molecular, suturas y tableros para masaje cardiaco.
Igualmente, bolsas hospitalarias, hisopos, succionadores, algodón, compresas, gasas, geles, esparadrapo, vendas, alcoholes, jabones, toallitas húmedas, detergentes, desinfectantes, limpiadores, básculas pesa-bebés, incubadoras, lámparas hospitalarias, balas de oxígeno, fonendoscopios y equipos de órgano de los sentidos, entre muchos otros.
En sus considerandos, el decreto indica que esta exención del IVA es importante para “la prevención, diagnóstico y tratamiento del coronavirus covid-19, por lo que la facilitación de su importación y venta en el territorio nacional es una acción necesaria para garantizar el abastecimiento y la disponibilidad de bienes e insumos médicos necesarios e indispensables para hacer frente a la Emergencia Sanitaria”.
Condiciones de aplicación
La norma establece que los saldos a favor generados en las declaraciones tributarias del Impuesto sobre las Ventas (IVA) podrán ser imputados en las declaraciones de los períodos siguientes, pero en ningún caso podrán ser objeto de devolución y/o compensación.
El responsable del IVA que “enajene los bienes exentos de que trata el presente Decreto Legislativo tiene derecho a impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas (IVA), siempre y cuando cumpla con los requisitos consagrados en el Estatuto Tributario y en especial el artículo 485 de dicho Estatuto”, señala el Decreto.
Así mismo, la norma establece, entre otras, las siguientes condiciones de aplicación para la exención del IVA:
• Al momento de facturar la operación de venta de bienes exentos, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, a través de los sistemas de facturación vigentes, el facturador deberá incorporar en el documento una leyenda que indique: ‘Bienes Exentos – Decreto 417 del 17 de marzo de 2020’.
• La importación, la venta y la entrega de los bienes deberá realizarse dentro del plazo establecido en el artículo 1 del presente Decreto Legislativo.
El Decreto, que también contempla los efectos del incumplimiento de los requisitos, está firmado por el Presidente de la República, Iván Duque, y los ministros del despacho.
Bienes cubiertos por la exención del impuesto sobre las ventas (IVA)
1. Gafas protectoras 2. Guantes de látex y de nitrilo 3. Guantes estériles 4. Mascarilla N95 y respiradores FFP2 o FFP3 5. Mascarillas con filtro6. Protección total del cuerpo: Batas, gorros, ropa quirúrgica estéril, campos quirúrgicos, campo operatorio, sábanas, fundas, traje biológico polainas y protectores metatarsales 7. Protector facial: caretas o visores 8. Tapabocas desechables9. Trajes de bio-protección (enterizo, blusa y pantalón)10. Cánulas de Guedel o de Mayo 11. Cánulas de traqueostomía 12. Cánulas laríngeas 13. Cánulas nasales 14. Cánulas nasales de alto flujo 15. Cánulas nasofaríngeas 16. Cánulas orofaríngeas 17. Equipo de traqueostomía 18. Estilete o guía de entubación 19. Flujómetro para gases medicinales 20. Humidificador (normal, jet y burbuja) y filtros del humidificador 21. Kit de entubación 22. Laringoscopio de hojas rectas y curvas (niños y adultos) 23. Manómetro para oxígeno y vacío 24. Máscara de alto flujo (Ventury) 25. Mascarilla con reservorio 26. Mascarilla de traqueostomía (tienda de traqueostomía) 27. Mascarilla laríngea 28. Mascarilla para nebulización – micronebulización 29. Mascarilla quirúrgica con filtro HEPA 30. Mascarilla simple 31. Mascarillas para anestesia 32. Mascarillas para reinhalación 33. Otros tipos de cánulas 34. Otros tipos de mascarillas 35. Pinza de maguil 36. Prong nasal 37. Regulador para gases medicinales38. Respirador manual – Bolsa Auto-inflable – Balón resucitador – Bolsa de reanimación (AMBU) con o sin reservorio 39. Sujetador de tubo de traqueostomía 40. Sujetador de tubo endotraqueal 41. Tubo conector en T y/o Y, Niple conector42. Tubos endotraqueales y nasotraqueales y combitube (tubo combinado esófago-tráquea) de diferentes medidas43. Incentivo respiratorio 44. Inhalo-cámaras45. Nebulizador y Micro-nebulizador 46. Succionador o aspirador de secreciones 47. Equipos para la apnea (CPAP – BPAP)48. Circuitos y aditamentos de ventilación (Sensores, Filtros, entre otros) 49. Concentradores de O250. Ventilador de transporte51. Ventilador o Respirador de uso domiciliario 52. Ventilador o Respirador hospitalario 53. Pleurovac54. Sistema de drenaje cerrado para conexión a tubo de tórax o mediastino 55. Tubos de mediastino 56. Tubos de tórax de diferentes números o calibres 57. Válvula de Heimlich 58. Sonda de aspiración – nelaton de diferentes medidas 59. Sonda nasogástrica, orogástrica y gastro-yeyunal 60. Sondas de succión abierta o cerrada 61. Sondas urinarias de diferentes clases y medidas 62. Otros tipos de sondas 63. Bombas de infusión y equipo bomba de infusión 64. Bombas de nutrición enteral 65. Bolsa para nutrición parenteral 66. Bolsas para sangre 67. Buretrol 68. Catéter central (Swanz Ganz y subclavio) 69. Catéter periférico vascular e intraóseo 70. Equipo de plasmaferesis 71. Equipo para presión venosa central 72. Equipo para transfusión sanguínea 73. Equipo para venodisección 74. Equipos de venoclisis 75. Extensión de anestesia 76. Jeringas 77. Jeringas de infusión 78. Máquina de diálisis peritoneal 79. Máquina de hemodiálisis80. Otro tipo de catéteres de acceso vascular periférico y central, arterial y venoso 81. Cardiodesfibrilador 82. Desfibrilador 83. Electrodos para cardio-desfibrilador 84. Gel para electrodos 85. Capnógrafo 86. Celdas de oxígeno 87. Electrocardiógrafo 88. Electrodos de ventosa 89. Electrodos superficiales 90. Filtros de entrada y salida de aire91. Monitor de presión arterial 92. Monitor de signos vitales (medición de frecuencia cardíaca, presión arterial sistólica, diastólica y media, temperatura, saturación de oxígeno, gasto cardíaco)93. Pulsoxímetro 94. Sensores de temperatura 95. Sensores de EKG 96. Sensores de saturación de oxígeno 97. Tensiómetro digital y manual98. Termómetro digital y manual 99. Válvulas de flujo 100. Doppler fetal 101. Ecocardiógrafo 102. Ecógrafo 103. Equipo de gases arteriales y venosos 104. Espirómetros 105. Fibroscopio y Fibrobroncoscopio 106. Glucómetro 107. Intensificador de imagen portátil 108. Monitor fetal 109. Rayos X portátil 110. Rayos X Arco en C 111. Videolaringoscopio 112. Blanketrol 113. Mantas para calentamiento 114. Camas 115. Camillas 116. Caminadores 117. Grúas 118. Otros dispositivos médicos de movilización 119. Rodillos para traslado 120. Sillas de ruedas 121. Agujas hipodérmicas 122. Aplicadores con punta de algodón 123. Apósitos 124. Autoclaves, esterilizadores y accesorios 125. Bolsas mortuorias 126. Carro de paro cardíaco 127. Centrífugas128. Dispositivos de bioseguridad para traslado de pacientes 129. Equipo de desinfección por ultravioleta 130. Equipo de órganos de los sentidos131. Equipo de química sanguínea 132. Equipo para desinfección por ultrasonido 133. Medias antiembólicas 134. Procesadores de muestras de biología molecular 135. Suturas 136. Tablero para masaje cardiaco 137. Toallas y pañines impregnados con clorhexidina o alcohol al 70% 138. Accesorios para garantizar empaque cerrado y transporte de los elementos sucios y limpios, como compreseros, vehículos para la recolección interna de residuos, instrumental, canecas de residuos, entre otros. 139. Bolsas para recolección de orina 140. Bolsas y tubos para recolección de sangre 141. Bolsas de Ostomia142. Dispositivos para la recolección de muestras y fluidos, incluida la trampa de recolección de secreciones143. Hisopos con tubo de transporte144. Neveras de transporte, pilas de gel y silicona para transporte145. Sistema de recolección de secreciones o fluidos (canister, receptal o linner con o sin gel solidificante) 146. Succionadores147. Termocicladores 148. Tubos capilares 149. Tubos heparinizados 150. Tubos de recolección de sangre 151. Algodón 152. Apósito adhesivo 153. Cinta adhesiva de papel microporoso 154. Compresas155. Dispositivos de fijación de acceso vascular156. Electrodos para desfibrilador y/o marcapasos 157. Electrodos desechables 158. Esparadrapo 159. Gasas 160. Gel conductor 161. Indicadores biológicos de esterilización 162. Papel grado médico 163. Productos para desinfección de dispositivos médicos 164. Suturas de seda 165. Válvula exploratoria 166. Vendas 167. Colchón antiescaras168. Dispositivos médicos para lesiones de piel por estancias prolongadas169. Espumas: en diferentes tamaños y formas (región sacra, taloneras, coderas) 170. Alcohol etílico, Gel 63% y 65% 171. Alcohol etílico, solución 70% 172. Alcohol etílico, solución tópica 96° 72,9 ml / 100 ml173. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 70% + 2% 174. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 70% + 1% (P/V)175. Alcohol etílico + Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 76.5 ml + 0.45 ml / 100 ml 176. Alcohol etílico + Alcohol Isopropílico Gel 63g + C.S.P 100177. Alcohol etílico + Glicerina, Solución tópica 96% + 4% 178. Alcohol etílico + Mentol loción 70% + 0.5% 179. Alcohol etílico + Mentol loción 70% + 0.39% 180. Alcohol Isopropílico al 99%, Solución tópica 63g / 100 ml 181. Alcohol Isopropílico + Yodo loción 72% + 7.5%182. Alcohol Isopropólico + Yodopovidona loción 72% + 7.5%183. Clorhexidina Gluconato, Solución tópica 0.07%, 0.08%, 0.45%, 2% y 1%184. Clorhexidina Gluconato + Alcohol Isopropílico, Solución tópica 2% + 70%, 4% + 70% 185. Soluciones antibacteriales 186. Geles antibacteriales 187. Jabones 188. Toallitas húmedas 189. Jabones 190. Detergentes para lavado de ropa 191. Desinfectantes 192. Limpiadores de superficies 193. Productos lava-vajillas 194. Báscula pesa-bebés 195. Glucómetro 196. Tensiómetro 197. Pulsoxímetro 198. Incubadora 199. Lámpara de calor radiante 200. Lámpara de fototerapia 201. Equipo de órgano de los sentidos 202. Bala de oxígeno 203. Fonendoscopio 204. Ventilador 205. Equipo de Rayos X pórtatil 206. Concentrador de oxígeno207. Monitor de transporte 208. Flujómetro209. Cámara cefálica 210. Cama hospitalaria211. Cama hospitalaria pediátrica.
(Fin/lfg/fca/ncb)