El director de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), José Fernando Prada, fue uno de los participantes en el Taller de Experiencias Comparadas en Regulación de Gas Licuado de Petróleo (GLP) organizado de manera virtual por la Agencia Nacional de Petróleo, Gas Natural y Biocombustibles (ANP) de Brasil. En este encuentro, se compartieron
experiencias internacionales y se discutieron los aspectos más relevantes relacionados con la regulación del Gas Licuado de Petróleo (GLP) en varios países de Latinoamérica.
En su intervención, el director de la CREG se refirió en primer término al marco institucional para la regulación de gases combustibles en Colombia, incluyendo las funciones de la Comisión y de otras entidades del sector energético. Adicionalmente aclaró que, a diferencia de otros países, la supervisión y control de los servicios públicos regulados por la CREG recae en una entidad separada a la de regulación, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
Con respecto al servicio público de Gas Licuado de Petróleo en Colombia, Prada señaló que para efectos de su regulación se divide en cuatro actividades principales:
comercialización mayorista, transporte, distribución y comercialización minorista,
cada una con sus características particulares y régimen regulatorio propio.
Conforme a lo anterior, la regulación tarifaria del GLP se basa en una fórmula que considera todas las etapas de la cadena de suministro, dentro de los cuales existen segmento con precios regulados y otros con precios libres. Por ejemplo, para las fuentes nacionales reguladas se aplican precios basados en paridad internacional de exportación.
La regulación del GLP en Colombia por parte de la CREG inició después de la expedición de la Ley 142 de 1994. El director señaló que desde entonces y en alrededor de tres décadas se ha desarrollado un marco regulatorio sólido para este importante energético que tiene un gran impacto sobre un sector de la población que no tiene acceso a otras fuentes comerciales de energía. La regulación actualmente vigente tiene su origen en estudios y un plan de mediano plazo definidos entre los años 2005 a 2007, para abordar la problemática identificada del sector. Entre los objetivos buscados se destaca el propósito de formalizar las relaciones entre los distintos agentes de la cadena, alcanzar una formación eficiente de precios y elevar los estándares de seguridad en la prestación del servicio. Esto incluyó la transición de un esquema de cilindros universales a uno de propiedad de marca de los mismos, lo que ha permitido una gestión más segura de los cilindros y redujo los riesgos asociados.
A pesar de cubrir un número menor de usuarios en comparación con otros energéticos, el GLP tiene un impacto social significativo en el país, permitiendo el acceso a una fuente de energía eficiente y seguro a 3,7 millones de usuarios, con una demanda anual de 700 mil toneladas de producto, y utilizando un parque de 12 millones de cilindros, y en menor grado con el suministro directo a tanque estacionarios y redes de tubería. Colombia cuenta con varias fuentes de suministro incluyendo la capacidad de importar, y con 61 distribuidores activos de GLP.
Finalmente, el ingeniero Prada resaltó cómo la regulación del GLP en Colombia ha evolucionado para garantizar un suministro eficiente y seguro, promoviendo la competencia y la diversificación de usos en beneficio de los usuarios y la industria en general.
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